Fecha de inicio de aplicación:
ENERO 2022
Primas válidas durante la primera anualidad para altas de nuevos asegurados, con fecha desde 01/01/2022. Sobre dichas primas se aplicará el recargo del Consorcio de Compensación de Seguros del 0,15%. Las primas sufrirán variaciones en función del lugar de residencia del asegurado. Edad máxima de contratación 75 años y sin límite de edad de permanencia. Las tarifas de prima pueden sufrir modificaciones al vencimiento de cada anualidad de la póliza en función de las distintas variables técnico-actuariales mencionadas en el condicionado general de la póliza. Primas aplicables a los familiares directos del autónomo que causen alta como asegurados en la póliza (cónyuge e hijos hasta 26 años). El contrato de seguro es anual y se renovará por anualidades sucesivas salvo que alguna de las partes indique lo contrario en los términos establecidos en la póliza. Nuevo asegurado: es aquel que no lo haya sido de otra póliza de Sanitas en los 6 meses inmediatamente anteriores a su echa de alta en la nueva póliza.
La exención de IRPF de hasta 500€ es aplicable a todos los trabajadores autónomos en Régimen de Estimación Directa. Afecta a la prima del seguro contratado por el propio autónomo y los de sus familiares directos (cónyuge e hijos hasta 26 años). Aplicable excepto en el País Vasco.